CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN

Pago de la mercancía: el comprador abonará un anticipo consistente en el % del precio total del pedido establecido en las condiciones particulares del pedido (“PC”), durante los 5 días siguientes a la firma de la hoja de pedido. Si el comprador no abona el anticipo en el referido plazo, el pedido quedará rescindido. El vendedor emitirá tantas facturas como fechas de pago se acuerden, y serán pagaderas según los plazos acordados en el PC. La demora en el pago de las facturas devengará en favor del vendedor un interés de demora del 5% mensual.

Tolerancia de fabricación: el comprador tolerará una imprecisión de hasta un +/- 10% sobre la cantidad de mercancía referida en la hoja de pedido; por lo que la cantidad total de mercancía que recibirá podrá ser inferior o superior, hasta el límite del 10%, a la cantidad de mercancía referida en el pedido. El precio final se calculará teniendo en cuenta el número de mercancías efectivamente entregadas.

Puesta a disposición: la mercancía se pondrá a disposición del comprador en la dirección de entrega pactada y/o conforme al INCOTERM pactado. En caso de que no se haya pactado una dirección de entrega o de que por cualquier motivo no imputable al vendedor no fuera posible realizar la entrega en la dirección de entrega pactada, la mercancía se pondrá a disposición del comprador en el almacén del vendedor, sin perjuicio del derecho de retención referido más adelante. De conformidad con la DA 13ª de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transporte Terrestres, los conductores de vehículos de transporte de mercancías de más de 7,5 toneladas de masa máxima autorizada no podrán participar en las operaciones de carga o descarga de las mercancías ni de sus soportes, envases, contenedores o jaulas, salvo que el vehículo sea basculante o esté provisto de grúa u otros dispositivos destinados a realizar las operaciones de carga y descarga; por lo que dichas tareas deberán ser realizadas por el personal del comprador, sin que ello dé derecho a descuento alguno.

Derecho de retención: en caso de incumplimiento por parte del comprador de cualesquiera obligaciones de pago y/o de recibir entregas de mercancía, el vendedor tendrá derecho a suspender las entregas de todos los PC suscritos por el comprador que se encuentren pendientes, y a retener la mercancía. Este derecho de retención se constituirá con carácter automático desde el momento en el que el comprador entre en mora, sin necesidad de intimación alguna; y se extenderá sobre toda la mercancía pendiente de entrega (de cualquier PC), con independencia de su valor. El derecho de retención se mantendrá vigente hasta el íntegro pago de las cantidades pendientes (inclusive el precio de la mercancía, el coste de almacén incrementado, intereses de demora y demás cantidades), y en ningún caso se podrá interpretar como una cancelación de los PCs afectados.

Demora: en caso de demora en la entrega de la mercancía, a partir de la tercera semana natural completa de retraso el comprador tendrá derecho a una indemnización del 0,2% del precio de la mercancía pendiente de entrega por cada semana adicional de retraso, con un límite del 5%. Sólo en el caso de que se alcance el límite del 5% sin que se haya realizado la entrega, el comprador podrá rescindir el contrato. En caso de rescisión, la indemnización de daños y perjuicios a la que tenga derecho el comprador conforme al régimen legal aplicable tendrá como límite el importe del precio de la mercancía no entregada.

Disconformidades: el comprador deberá poner de manifiesto de forma fehaciente su disconformidad con la calidad o cantidad de la mercancía entregada dentro de los 4 días siguientes a su recepción, o cuando se trate de defectos internos de la cosa, dentro de los 10 días siguientes. En caso de no ponerse de manifiesto una disconformidad en el plazo pactado, se considerará a todos los efectos que el comprador acepta la mercancía entregada en el estado y número recibidos, a su satisfacción. En caso de ponerse de manifiesto una disconformidad en el plazo pactado, el vendedor tendrá el derecho a examinar toda la mercancía; y en caso de confirmar la disconformidad, podrá optar entre sustituir o reparar la mercancía, sin coste adicional para el comprador y en un plazo razonable. Si el vendedor cumple, el comprador deberá aceptar la mercancía, sin perjuicio de la aplicación de la cláusula de demora. Si el vendedor no cumple, la indemnización de daños y perjuicios a la que tenga derecho el comprador conforme al régimen legal aplicable tendrá como límite el importe del precio de la mercancía no entregada.

Costes de almacén:en caso de que no se haya pactado una dirección de entrega o de que por cualquier motivo no imputable al vendedor no fuera posible realizar la entrega en la dirección de entrega pactada, el vendedor custodiará la mercancía en sus instalaciones, debiendo el comprador abonar el coste de almacenaje devengado hasta su entrega final; salvo pacto en contrario en el PC (y sin perjuicio del derecho de retención). El coste será de 16,00€ por palé (de 1,2m x 0,8m x 1,50m) mensuales, y deberá abonarse durante los 5 días siguientes a la fecha de emisión de cada factura. La mercancía se custodiará durante un plazo máximo de 6 meses a contar desde la expiración del plazo gratuito pactado en el PC. En caso de demora en el pago de una factura de almacenaje, o transcurridos 6 meses desde la expiración del plazo gratuito pactado en el PC, el vendedor podrá optar entre mantener la custodia de la mercancía, al precio establecido; o reciclar la mercancía inclusive cediéndosela a un tercero; o destruir la mercancía y repercutir al comprador los gastos que dicha destrucción; sin que en ningún caso ello afecte a la obligación de pago del comprador de la mercancía.

Plazos: todos los plazos establecidos en estas condiciones generales son por días naturales.

Ley aplicable: el presente contrato se regirá por la Ley española.

Jurisdicción: en caso de que el comprador tenga su domicilio fuera de España, las partes pactan la sumisión de cualquier disputa relacionada con la presente compraventa a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona (España), con carácter exclusivo.